1.
Un execrable, como en épocas anteriores inaudita de abuso, ha surgido
en nuestro tiempo, a saber, que algunas personas, imbuidos del espíritu
de rebelión, presumen de apelar a un futuro consejo del Romano
Pontífice, Vicario de Jesucristo, a las que se ha dicho en la persona
del bienaventurado Pedro: "Apacienta mis ovejas" y "todo lo que atares
en la tierra será atado en los cielos."
Ellos no lo hacen porque están ansiosos por obtener una sentencia más
sólida, pero con el fin de escapar de las consecuencias de sus pecados, y
el que no es ignorante de las leyes se dan cuenta de lo contrario se
trata de los sagrados cánones y como perjudicial para el cristiano
comunidad.
Porque, pasando por encima de otras cosas que son más manifiestamente
opuestos a esta corrupción, que no le resultaría ridículo cuando se
reivindican lo que no existe y el tiempo de cuya existencia nadie conoce
el futuro?
Los pobres son oprimidos en muchos aspectos por el más fuerte, los
crímenes permanecen en la impunidad, la libertad se concede a los
delincuentes y el orden jerárquico se confunde. 2.
Deseando tanto a empujar fuera de la Iglesia de Cristo este veneno
pestilente, para cuidar de la salvación de todos los que han estado
trabajando para nosotros, y para mantener a raya al redil de nuestro
Salvador toda causa de escándalo, condenamos las apelaciones de este
tipo de el consejo de los prelados y jurisconsultos de derecho divino y
humano se adhiere a la Curia y en el suelo de nuestro conocimiento
seguro, y les denunció como errónea y detestable, anular y anular por
completo en el caso de que cualquiera de dichos recursos, existentes en
la actualidad, se puede descubrir, y declaramos y determinamos que son,
como algo vacío y pestilente, no tiene importancia.
Por lo tanto, exhortamos a que nadie se atreve con cualquier pretexto
para hacer dicha apelación de cualquiera de nuestras ordenanzas,
sentencias u órdenes y de las de nuestros sucesores, o de adherirse a
tales recursos, hecho por los demás, o para utilizarlos en cualquier
forma. 3.
Si alguno, cualquiera que sea su estado, rango, orden o condición que
sea, aunque adornado con imperial, real o la dignidad papal, podrán
contravenir esto después de un lapso de dos meses a contar desde el día
de la publicación de esta Bula por la Cancillería Apostólica , que ipso facto incurrir pena de anatema, de la que no puede ser absuelto, sino por el Romano Pontífice y al borde de la muerte.
Una universidad o una corporación estarán sujetos a un interdicto
eclesiástico, sin embargo, las empresas y las universidades, como la
antes mencionada y cualquier otra persona, incurrirá en las penas y
censuras que los delincuentes que hayan cometido los maiestatis laesae crimen y promotores o depravación herética se sabe que incurrir.
Además, escribanos y testigos que deberán presenciar actos de este tipo
y, en general, todos aquellos que remitirá con conocimiento de causa
consejo, ayuda o favor a tales apelantes, será castigado con la misma
pena. 4.
Por lo tanto, no se permite a ningún hombre para infringir o para
oponerse por la perversión audaz esta carta de nuestra voluntad, por el
cual hemos condenado, reprobado, anulado, anulado, decretado, declaramos
y pedimos lo mencionado.
Si alguien, sin embargo, así lo intente, hacerle saber que incurrirá en
la indignación de Dios Todopoderoso y de los Santos Pedro y Pablo, los
apóstoles.
Dado en Mantua, en el año 1460 de la Encarnación del Señor, a los
quince días antes de las calendas de febrero, en el segundo año de
nuestro pontificado.
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